Licencia Ambiental Única en Materia Atmosférica
Dependencia: Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial
Sector: INDUSTRIA, COMERCIOS Y SERVICIOS
Solicitud de Licencia Ambiental Única en Materia Atmosférica

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¿Cuándo debo realizarlo?

Cuando se emitan olores, gases, partículas sólidas o líquidas a la atmósfera o generen ruido o vibración por fuentes fijas de competencia Estatal.

¿Quién puede realizarlo?

  • Representante legal
  • Interesado

¿Qué obtengo?

  • Licencia

¿Cuánto cuesta?

Este trámite es gratuito

¿Cuánto me tardo?

  • 30 Días hábiles

    Observaciones
    Se otorgará la Licencia dentro del plazo máximo establecido, en caso de requerir información complementaria, el plazo reiniciará a la recepción de ésta. En caso de no cumplir en tiempo y forma con la información complementaria, el trámite será desechado y se dará aviso por oficio.

Criterios de resolución

  • Se otorgará la LAU en caso de cumplir con datos y requisitos.
  • Se solicitará información complementaria en caso de no presentar de forma completa los datos y requisitos o en caso de existir dudas.
  • En caso de no cumplir con los requerimientos de información complementaria, se desechará la solicitud.
  • Se exime de la LAU en caso de no corresponder la solicitud a la competencia Estatal.

  • Dictamen de estudio de riesgo y/o programa para la prevención de accidentes

  • Licencia Municipal y/o Uso del Suelo

  • Diagramas de funcionamiento de los procesos

  • Tabla resumen de los diagramas de funcionamiento

  • Descripción de operaciones y procesos

  • Metodología empleada para las emisiones generadas en sus procesos

  • Análisis de emisiones contaminantes a la atmósfera

  • Croquis de ubicación del establecimiento

  • Planos de distribución del establecimiento

  • Plan de monitoreo de gases y compuestos de efecto invernadero

  • Anexo General