REGISTRO COMO GENERADOR DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL
Dependencia: Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial
Sector(es): PECUARIO, INDUSTRIA, COMERCIOS Y SERVICIOS, RASTROS
Solicitud de REGISTRO COMO GENERADOR DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL

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  1. El registro permite la operación de establecimientos con actividades productivas y/o servicios que generen residuos de manejo especial, este trámite otorga un número de registro y categoriza al generador como grande, pequeño o micro. 

  2. Este trámite es gratuito. 

  3. Se puede solicitar en las modalidades de: industria, comercio, servicios, pecuario y rastros.

  4. Plazo de respuesta: El tiempo máximo de respuesta es de 30 días hábiles, siempre y cuando la información haya sido debidamente ingresada y no se requiera información complementaria. En caso de faltar información, el plazo reinicia a la recepción de esta para la emisión del dictamen.

  5. Fundamento Jurídico: Artículo 42 fracción I de la Ley de Gestión Integral de los Residuos del Estado de Jalisco.


REQUISITOS DEL TRÁMITE

A.     Licencia Municipal vigente.

B.     Identificación oficial del representante legal y del responsable de elaboración del formato.

C.     Acta constitutiva.

D.     Poder notarial.

E.     Alta en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

F.     Autorización en materia de Impacto Ambiental emitido ya sea por la Secretaría Federal, la Secretaría Estatal o el Municipio

G.    Croquis del establecimiento, de acuerdo con el Instructivo de llenado de formatos.

H.     El o los planos de distribución del establecimiento.

I.    Los diagramas de funcionamiento que correspondan a cada uno de los procesos, incluyendo áreas de servicios y administración.

J.     La tabla resumen de los diagramas anteriores.

K.     La descripción de las operaciones y procesos que se llevan a cabo en el establecimiento.

L.     Comprobantes de recolección de los residuos de manejo especial generados en el año anterior inmediato, en formato PDF.

El comprobante del periodo reportado de las empresas recolectoras de los residuos de manejo especial generados, debe contar con las siguientes características:

  1. Carta emitida por la empresa que presta el servicio de recolección, que contenga los datos generales (nombre, domicilio), número de autorización de la SEMADET vigente para la actividad, fecha de emisión de la misma y firma autógrafa del representante legal.

  2. La cantidad anual generada de residuos sólidos se reportará en kg/año (kilogramos/año) y los residuos líquidos o semisólidos en m3/año (metros cúbicos/año) con su respectivo factor de conversión a kg.

  3. Periodo de recolección por cada tipo de residuo que ampara el comprobante, del año inmediato anterior (enero-diciembre).

  4. Nombre, domicilio y número de autorización del sitio de destino y del sitio de disposición final por cada tipo de residuo que ampara el comprobante.

· Es importante señalar, que esta Secretaría no validará como comprobante la copia del dictamen emitido por esta Dependencia, el contrato que se tenga con la empresa que brinda el servicio ni los manifiestos de recolección.

·En caso de donación o comercialización de los residuos o subproductos orgánicos generados en la producción pecuaria; presentar un escrito por parte de la persona que recibe el residuo o subproducto, que incluya:

  1. Nombre del establecimiento, domicilio, fecha de emisión, firma autógrafa del representante legal

  2. La cantidad anual de residuos recibidos durante el periodo de recepción y descripción del manejo que se le da a cada residuo, los sólidos se reportarán en kg/año (kilogramos/año) y los residuos líquidos o semisólidos en m3/año (metros cúbicos/año) con su respectivo factor de conversión a kg.

  3. La ubicación y coordenadas del sitio donde es utilizado y el uso que se le da.

  4. Además, deberá incluir una copia simple de la identificación oficial del representante legal.

·En caso de realizar autorrecolección de residuos de manejo especial deberá ingresar: fotografía del vehículo donde se puedan ver sus placas, autorización federal correspondiente en caso de aplicar, tarjeta de circulación y comprobante de verificación.

 

M.    Análisis de calidad del agua residual realizados durante el periodo de su reporte, de acuerdo con las condicionantes que le solicitó la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) o la autoridad competente.

N.     Croquis del sitio de riego del agua residual (únicamente en caso utilizar el agua residual para riego), de acuerdo con el Instructivo de llenado de formatos.